Expediente civil N° 2001-00800-0-1903-JR-CI-02; nulidad de acto jurídico
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Universidad Nacional de la Amazonía Peruana
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Mediante el presente informe, el graduando analizará minuciosamente el
Expediente N° 2001-00800-0-1903-JR-CI-02, tramitado ante el Segundo Juzgado
Civil de Maynas, seguido por Nancy Elizabeth Cabrera García, contra la Iglesia
Evangélica Misionera Sión sobre NULIDAD DE ACTO JURÍDICO.
En las siguientes líneas, se desarrollan minuciosamente las principales cuestiones
tanto materiales como procesales que giran alrededor del proceso civil, las mismas
que se circunscriben en determinar si corresponde o no amparar el derecho del
demandante; esto habría de consistir en declarar la NULIDAD DE ACTO JURÍDICO
de la Asamblea General de fecha 24 de mayo del dos mil uno y su posterior
ratificación en Asamblea General de fecha 04 de junio del mismo año, celebrada
por la Iglesia Evangélica Misionera Sión, que se encuentra debidamente
representada por su presidente y pastor señor Miguel Flores Gonzáles.
Dentro de dicho análisis, será necesario evaluar los instrumentos ofrecidos como
medios de prueba, con el objeto de determinar con claridad el derecho reclamado
por la parte actora, y si se cumple con las exigencias mínimas que establece la
norma para ostentar dicho derecho.
En ese orden de ideas, el presente informe inicia con la exposición minuciosa de
los hechos de fondo, es decir, de aquellas situaciones fácticas que se produjeron
con anterioridad al inicio del proceso y que generaron como consecuencia el
correspondiente pronunciamiento de fondo.
Posteriormente, se describen los principales hechos procesales, para ello se
analizan prolijamente aquellos actos procesales más resaltantes dentro del
proceso, como son el contenido y la contestación de la demanda, puntualizando la
sentencia de primera instancia, y la resolución de segunda instancia emitida en
virtud a la sentencia apelada, así como las razones y motivos por la que se declara
la demanda de NULIDAD DE ACTO JURÍDICO.
Mediante el presente informe, el graduando analizará minuciosamente el Expediente N° 00001-2013-0-1903-JR-PE-03, tramitado ante el 3° Juzgado Penal de Investigación Preparatoria, contra ALDO AMASIFUEN AREVALO, sobre DELITO DE VIOLACIÓN A LA LIBERTAD SEXUAL DE MENOR DE EDAD. En las siguientes líneas, se desarrollan minuciosamente las principales cuestiones tanto materiales como procesales que giran alrededor del proceso penal, las mismas que se circunscriben en determinar si corresponde o no amparar el derecho de la agraviada; esto habría de consistir en condenar al imputado por el delito cometido. Dentro de dicho análisis, será necesario evaluar los instrumentos ofrecidos por parte del titular de la acción penal como medios de prueba, con el objeto de determinar con claridad el derecho vulnerado, y si se cumple con las exigencias mínimas que establece la normativa vigente correspondiente al nuevo modelo procesal penal. En ese orden de ideas, el presente informe inicia con la exposición minuciosa de los hechos de fondo, es decir, de aquellas situaciones fácticas que se produjeron con anterioridad al inicio del proceso (los hechos que motivaron la denuncia) y que generaron como consecuencia el correspondiente pronunciamiento de fondo. Posteriormente, se describen los principales hechos procesales, para ello se analizan prolijamente aquellos actos procesales más resaltantes dentro del proceso, como son el contenido, puntualizando la sentencia de primera instancia, y la resolución de segunda instancia emitida en virtud a la sentencia apelada, así como las razones y motivos por la que se condena al imputado a cadena perpetua.
Mediante el presente informe, el graduando analizará minuciosamente el Expediente N° 00001-2013-0-1903-JR-PE-03, tramitado ante el 3° Juzgado Penal de Investigación Preparatoria, contra ALDO AMASIFUEN AREVALO, sobre DELITO DE VIOLACIÓN A LA LIBERTAD SEXUAL DE MENOR DE EDAD. En las siguientes líneas, se desarrollan minuciosamente las principales cuestiones tanto materiales como procesales que giran alrededor del proceso penal, las mismas que se circunscriben en determinar si corresponde o no amparar el derecho de la agraviada; esto habría de consistir en condenar al imputado por el delito cometido. Dentro de dicho análisis, será necesario evaluar los instrumentos ofrecidos por parte del titular de la acción penal como medios de prueba, con el objeto de determinar con claridad el derecho vulnerado, y si se cumple con las exigencias mínimas que establece la normativa vigente correspondiente al nuevo modelo procesal penal. En ese orden de ideas, el presente informe inicia con la exposición minuciosa de los hechos de fondo, es decir, de aquellas situaciones fácticas que se produjeron con anterioridad al inicio del proceso (los hechos que motivaron la denuncia) y que generaron como consecuencia el correspondiente pronunciamiento de fondo. Posteriormente, se describen los principales hechos procesales, para ello se analizan prolijamente aquellos actos procesales más resaltantes dentro del proceso, como son el contenido, puntualizando la sentencia de primera instancia, y la resolución de segunda instancia emitida en virtud a la sentencia apelada, así como las razones y motivos por la que se condena al imputado a cadena perpetua.
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Supresión del cargo, Instituciones religiosas, Violación, Violencia contra menores, Niño, Nulidad del acto jurídico
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