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dc.contributor.authorMacedo Asiu, Anthony Edwin
dc.date.accessioned2017-09-06T14:02:26Z
dc.date.available2017-09-06T14:02:26Z
dc.date.issued2015
dc.identifier.urihttp://repositorio.unapiquitos.edu.pe/handle/20.500.12737/4901
dc.description.abstractExpediente civil: Condensa la información principal del expediente N° 682-94, tramitado ante el Segundo Juzgado Civil de Piura, en el proceso seguido por Rafael Vega García en contra de Elsa Antonieta de Augusto y otros, sobre petición de herencia y otras pretensiones acumuladas. Trata de la disputa judicial de tres familias por los derechos hereditarios causados por José Augusto Cabredo. El proceso se encuentra en: determinar si las 160 acciones de la empresa inmobiliaria Santa Alicia S.A., eran bienes propios de don José Augusto Cabredo al momento de su muerte o, por el contrario, pertenecían a la sociedad conyugal que este formo con la señora Consuelo Pajuelo Aguayo y determinar si la casa de verano La Esmeralda Colan tenía la calidad de bien propio al momento de su muerte, o por el contrario perteneció a la sociedad conyugal proveniente del matrimonio antes citado. Concluye que se ha acreditado que, del total de las 160 acciones de Inmobiliaria Santa Alicia S.A., 75 de ellas tenían la calidad de bienes propios, mientras que los 85 restantes son bienes comunes a la sociedad de gananciales conformada por José Augusto Cabredo y Consuelo Pajuelo. Consecuentemente los hermanos Augusto Pajuelo tenían derecho a heredar a su señora madre, en cuanto a las acciones pertenecientes a la sociedad de gananciales. Expediente constitucional: Trata del expediente N° 342-2002, tramitado ante el Segundo Juzgado Civil de Maynas, en el proceso seguido por Triplay Iquitos S.A., en contra de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria-Intendencia Regional de Loreto y el Ministerio de Economía y Finanzas, sobre acción de amparo. El proceso de amparo se condensa básicamente según, lo planteado por las partes, en determinar si la empresa Triplay Iquitos S.A., estuvo exonerada, o no, del pago de impuestos de promoción municipal. Determina si la improcedencia de la demanda contenciosa administrativa vulnero el derecho a la tutela jurisdiccional efectiva de la empresa demandante, que debió ser el tema de debate dentro del proceso.es_PE
dc.description.uriTrabajo de suficiencia profesionales_PE
dc.formatapplication/pdfes_PE
dc.language.isospaes_PE
dc.publisherUniversidad Nacional de la Amazonia Peruana - UNAPes_PE
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccesses_PE
dc.rightsAttribution-NonCommercial-NoDerivs 3.0 United States*
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/3.0/us/*
dc.sourceUniversidad Nacional de la Amazonia Peruanaes_PE
dc.sourceRepositorio Institucional - UNAPes_PE
dc.subjectAcción de amparoes_PE
dc.subjectAcción de petición de herenciaes_PE
dc.subjectEmpresases_PE
dc.titleExpediente civil Nº 682-94; petición de herencia y otroses_PE
dc.title.alternativeExpediente constitucional N° 342-2002; acción de amparoes_PE
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesises_PE
thesis.degree.disciplineDerecho y Ciencias Políticases_PE
thesis.degree.grantorUniversidad Nacional de la Amazonía Peruana. Facultad de Derecho y Ciencias Políticases_PE
thesis.degree.levelTítulo Profesionales_PE
thesis.degree.nameAbogadoes_PE
thesis.degree.programRegulares_PE


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