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dc.contributor.authorLópez Fachín, Keydi Nois
dc.date.accessioned2019-02-12T15:34:29Z
dc.date.available2019-02-12T15:34:29Z
dc.date.issued2018
dc.identifier.urihttp://repositorio.unapiquitos.edu.pe/handle/20.500.12737/5768
dc.description.abstractLa determinación de la obligación tributaria efectuada por el deudor tributario está sujeta a fiscalización o verificación por la Administración Tributaria la que podrá modificarla cuando constate la omisión o inexactitud en la información proporcionada emitiendo la resolución de Determinación Orden de Pago o Resolución de Multa. El ejercicio de la función fiscalizadora incluye a la investigación, la inspección y el control del cumplimiento de obligaciones tributarias, incluso de aquellos sujetos que gocen de inafectación, exoneración o beneficios tributarios. 1.1. AUDITORÍA TRIBUTARIA La Auditoría Tributaria se define como el conjunto de técnicas y procedimientos destinados a examinar la situación tributaria de las empresas con la finalidad de poder determinar el correcto y oportuno cumplimiento de sus obligaciones tributarias que son de naturaleza sustancial y formal. En la actualidad esta especialidad es practicada en nuestro medio no solo por los auditores de la administración tributaria, sino también por auditores tributarios independientes orientados al cumplimiento normal de las obligaciones tributarias, evitando de esta manera ser observados por la administración tributaria en caso de una intervención. 1.2. OBJETIVOS DE LA AUDITORÍA TRIBUTARIA a. Determinar la veracidad de los resultados y la materia imponible. b. Establecer la fehaciencia de la contabilidad a través del análisis de los libros, registros, documentos y operaciones involucradas. c. Estudiar la aplicación de las prácticas contables, sustentados en los PCGA, para establecer diferencias al conciliarlas con las normas legales. d. Determinar el correcto y oportuno cumplimiento de sus obligaciones tributarias. 1.3. ALCANCE DE LA AUDITORÍA TRIBUTARIA La facultad de fiscalización tributaria es una potestad jurídica (poder-deber) de la que se encuentra investida la Administración Tributaria para comprobar el cumplimiento de las obligaciones tributarias sustanciales y formales que son de cargo de los deudores tributarios. Tal como lo ha sostenido la doctrina nacional, “fiscalizar significa desplegar ciertas actuaciones respecto de una persona natural o jurídica, a los efectos de verificar si respecto de ella se produjo algún hecho imponible, y de haber ocurrido ello, si cumplió oportuna y adecuadamente con la obligación de su cargo, para lo cual la Ley otorga facultades discrecionales”. En nuestro caso, la referida facultad de fiscalización tributaria se encuentra regulada en el artículo 62 del Código Tributario.es_PE
dc.description.uriTrabajo de suficiencia profesionales_PE
dc.formatapplication/pdfes_PE
dc.language.isospaes_PE
dc.publisherUniversidad Nacional de la Amazonía Peruanaes_PE
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccesses_PE
dc.rightsAttribution 3.0 United States*
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by/3.0/us/*
dc.sourceUniversidad Nacional de la Amazonía Peruanaes_PE
dc.sourceRepositorio institucional - UNAPes_PE
dc.subjectAuditoríaes_PE
dc.subjectTributaciónes_PE
dc.subjectConceptos fundamentaleses_PE
dc.titleAuditoria tributariaes_PE
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/reportes_PE
thesis.degree.disciplineContabilidades_PE
thesis.degree.grantorUniversidad Nacional de la Amazonía Peruana. Facultad de Ciencias Económicas y de Negocioses_PE
thesis.degree.levelTítulo Profesionales_PE
thesis.degree.nameContador Públicoes_PE
thesis.degree.programRegulares_PE
dc.subject.ocdeEconomíaes_PE


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