Show simple item record

dc.contributor.authorYumbato Amaral, Trideny Lasteniaes_PE
dc.date.accessioned2022-12-20T18:19:44Z
dc.date.available2022-12-20T18:19:44Z
dc.date.issued2020
dc.identifier.urihttps://hdl.handle.net/20.500.12737/8639
dc.description.abstractEl valor de la obligación tributaria del deudor tributario será examinado y verificado por la agencia de administración tributaria, y la autoridad tributaria podrá modificarla y complementarla cuando descubra errores o inexactitudes en la información proporcionada. El ejercicio de la función de supervisión comprende la investigación, fiscalización y control del cumplimiento de las obligaciones tributarias, incluyendo a quienes gozan de inmunidad, inmunidad o beneficios fiscales. El control tributario se define como un conjunto de métodos y procedimientos destinados a examinar la situación tributaria de las empresas para que puedan determinar el correcto y oportuno cumplimiento de sus obligaciones tributarias de manera formal y significativa. Actualmente, en nuestro medio, esta especialización no solo la practican los auditores del IRS, sino también los auditores tributarios independientes con el objetivo de cumplir con las obligaciones tributarias de manera individual. Frente al estudio de la aplicación de las prácticas contables, con base en los principios de contabilidad generalmente aceptados, para identificar las diferencias comparándolas con las normas legales. Determinar el correcto y oportuno cumplimiento de sus obligaciones tributarias. Alcance del control tributario El control tributario es la autoridad legal (autoridad) otorgada a la administración tributaria para verificar el cumplimiento de las obligaciones tributarias importantes y oficiales de los contribuyentes. Según la Doctrina Nacional, “para controlar los medios de realizar ciertos actos sobre una persona natural o jurídica, para cerciorarse si le ha ocurrido o no un accidente, y si éste ha ocurrido, si cumple en tiempo y forma en forma compatible con las obligaciones de su cargo, y que está permitido por la ley es discrecional. En nuestro caso, el citado control fiscal está sujeto al artículo 62 del Código Tributarioes_PE
dc.formatapplication/pdfes_PE
dc.language.isospaes_PE
dc.publisherUniversidad Nacional de la Amazonía Peruanaes_PE
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccesses_PE
dc.rights.urihttps://creativecommons.org/licenses/by/4.0/*
dc.subjectAuditoríaes_PE
dc.subjectTributaciónes_PE
dc.subjectReglas de procedimientoes_PE
dc.subjectConceptos fundamentaleses_PE
dc.titleAuditoría tributariaes_PE
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/reportes_PE
thesis.degree.disciplineContabilidades_PE
thesis.degree.grantorUniversidad Nacional de la Amazonía Peruana. Facultad de Ciencias Económicas y de Negocioses_PE
thesis.degree.nameContador(a) Público(a)es_PE
dc.subject.ocdehttps://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.02.04es_PE
renati.author.dni42520576
renati.typehttps://purl.org/pe-repo/renati/type#trabajoDeSuficienciaProfesionales_PE
renati.discipline411026es_PE
renati.levelhttps://purl.org/pe-repo/renati/level#tituloProfesionales_PE
renati.jurorGonzáles Saavedra, César Augusto
renati.jurorArévalo Meléndez, Alberto
renati.jurorPérez Reátegui, Jorge Alberto
dc.publisher.countryPEes_PE


Files in this item

Thumbnail

This item appears in the following Collection(s)

Show simple item record

info:eu-repo/semantics/openAccess
Except where otherwise noted, this item's license is described as info:eu-repo/semantics/openAccess