Aplicación de garantías procesales en declaraciones testimoniales para su lectura en juicio oral por las fiscalías penales de Maynas período 2020 – 2022
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Universidad Nacional de la Amazonía Peruana
Abstract
This research addresses as a general problem determining whether, in the Provincial Criminal Prosecutor’s Offices of Maynas, during the period 2020 2022, the procedural guarantees established in Article 383, paragraph 1, subsection d, of the Criminal Procedure Code (2004) were observed in order to ensure the reading of testimonial statements during the oral trial. The general objective was to determine whether these prosecutorial offices complied with the observance of the aforementioned procedural guarantees. The research was basic in nature, with a quantitative approach, descriptive interpretative level and non-experimental design. The survey technique was used, and the instrument applied was a structured questionnaire administered to prosecutors, judges, and defense attorneys in the Province of Maynas. The results showed that procedural guarantees were observed occasionally, especially regarding the proper notification of the parties and the participation of defense counsel, which directly affected the admission or rejection of the reading of testimonial statements during oral trial. Likewise, it was observed that statements received without the intervention of the Public Prosecutor's Office present limitations for their incorporation into trial. It is concluded that the validity of testimonial statements for their reading during oral trial requires the intervention of the Public Prosecutor's Office and the proper notification of the procedural parties, including defense counsel as a guarantee of the right to defense and the principle of adversarial.
La presente investigación aborda como problema general determinar si en las Fiscalías Provinciales Penales de Maynas, durante el periodo 2020-2022, se observaron las garantías procesales contempladas en el artículo 383, numeral 1, literal d, del Código Procesal Penal (2004), para asegurar la lectura de las declaraciones testimoniales en el juicio oral. El objetivo general fue conocer si en dichos despachos fiscales se cumplió con la observancia de las referidas garantías. La investigación fue de tipo básica, de enfoque cuantitativo, de nivel descriptivo-interpretativo y diseño no experimental. Como técnica se empleó la encuesta y como instrumento un cuestionario estructurado aplicado a fiscales, jueces y abogados defensores de la Provincia de Maynas. Los resultados evidenciaron que las garantías fueron observadas ocasionalmente, especialmente en lo referido al debido emplazamiento de las partes y la defensa técnica, incidiendo en la admisión o rechazo de la lectura de las declaraciones testimoniales en juicio oral. Asimismo, se advirtió que las declaraciones recibidas sin intervención del Ministerio Público presentan limitaciones para su incorporación en juicio. Se concluye que la validez de las declaraciones testimoniales para su lectura en juicio oral exige la intervención del Ministerio Público y el debido emplazamiento de las partes procesales, comprendiendo también a la defensa técnica como garantía del derecho de defensa y del principio de contradicción.
La presente investigación aborda como problema general determinar si en las Fiscalías Provinciales Penales de Maynas, durante el periodo 2020-2022, se observaron las garantías procesales contempladas en el artículo 383, numeral 1, literal d, del Código Procesal Penal (2004), para asegurar la lectura de las declaraciones testimoniales en el juicio oral. El objetivo general fue conocer si en dichos despachos fiscales se cumplió con la observancia de las referidas garantías. La investigación fue de tipo básica, de enfoque cuantitativo, de nivel descriptivo-interpretativo y diseño no experimental. Como técnica se empleó la encuesta y como instrumento un cuestionario estructurado aplicado a fiscales, jueces y abogados defensores de la Provincia de Maynas. Los resultados evidenciaron que las garantías fueron observadas ocasionalmente, especialmente en lo referido al debido emplazamiento de las partes y la defensa técnica, incidiendo en la admisión o rechazo de la lectura de las declaraciones testimoniales en juicio oral. Asimismo, se advirtió que las declaraciones recibidas sin intervención del Ministerio Público presentan limitaciones para su incorporación en juicio. Se concluye que la validez de las declaraciones testimoniales para su lectura en juicio oral exige la intervención del Ministerio Público y el debido emplazamiento de las partes procesales, comprendiendo también a la defensa técnica como garantía del derecho de defensa y del principio de contradicción.
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Garantías procesales, Declaración testimonial, Emplazamiento, Defensa en juicio, juicio oral
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