Administración de Instituciones Financieras y de Seguros
Abstract
El Sistema Financiero Nacional se define como el con junto de instituciones, cuyo objetivo es canalizar el excedente que generan las unidades de gastos con superávit para encauzarlos a las unidades que tienen déficit.
La transformación de los activos financieros emitidos por las unidades inversoras en activos financieros indirectos, más acordes con las demandas de los ahorradores, es en lo que consiste la canalización. Esto se realiza principalmente por la no coincidencia entre unidades con déficit y unidades con superávit, es decir, ahorrador e inversor. Del mismo modo que los deseos de los inversores y ahorradores son distintos, los intermediarios han de trasformar estos activos para que sean más aptos a los últimos.
Podemos afirmar que los intermediarios financieros son un conjunto de instituciones especializadas en la mediación entre ahorradores e inversores, mediante la compra venta de activos en los mercados financieros.
Según la ley Nro. 26702, Ley General del Sistema Financiero y del sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y Orgánica de la superintendencia de Banca y Seguros, de fecha 9 de diciembre de 1966, el sistema de seguro está constituido por las empresas de seguros y reaseguros que debidamente autorizadas operan en el país, distinguiéndose a las que operan en riesgos generales y las dedicadas al ramo de vida, así como sus subsidiarias y los intermediarios y auxiliares de seguros.
En cuanto a la Banca de Inversión son bancos dedicados a prestar servicios para la emisión de títulos corporativos: todo tipo de bonos, acciones, papeles comerciales, híbridos sintéticos o derivados financieros. Su labor incluye identificar a los potenciales emisores, asesorarlos, definir el tipo de título a inscribirse, preparar el prospecto de emisión, efectuar el registro y, finalmente colocar los títulos entre los inversionistas.
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